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Dicha exclusi n la cual ha sido
Dicha exclusión, la cual ha sido refigurada para encajar con la situación contemporánea, siempre ha sido el destino de las prostitutas voluntarias, cuya identidad, así de reductiva como es, existe para mantener la ciudadanía de otros y para preservar las fronteras entre economía y sexualidad, trabajo y labor afectiva. Por lo tanto, las técnicas neoliberales de control ya delineadas operan para fortalecer una regulación política y moral hegemónica y permanente de las trabajadoras sexuales (Scoular y O’Neill 2007).
Irónicamente, las perspectivas de la gobernabilidad pueden también ofrecer alguna esperanza de que el potencial limitado de la ley desafíe estas injusticias. Otro beneficio más del trabajo de Foucault es su perspectiva sobre la resistencia. Así como el poder es inmanente en nuestras prácticas y conductas sociales, también lo es la resistencia, HG-9-91-01 pesar de estar circunscrita al contexto en el cual opera. Dado que la ley no opera ideológicamente (pues siempre hay resistencia) ni directamente a través de la conciencia (pues es más que solo lo que la gente piensa o hace), sino a través de su gobernabi- lidad aumentada para configurar los sujetos, espacios y formas del poder, es dentro de estos espacios que podría ejercerse algún tipo de influencia para liberar el complejo legal del poder de la norma.
Dado que no hay fuerza fuera de la ley que efectúe ese desafío, debemos trabajar desde adentro de sus estructuras. El enfoque genealógico de Foucault nos demuestra que, aunque la ley se ha vuelto sumamente gubernamentalizada, no ha sido colonizada del todo; esta sigue operando según el modelo soberano, aunque a una escala mucho más limitada que podría usarse como parte de una estrategia de resistencia. Como señalan Rose y Valverde: “No todo el poder legal es jurídico, ni todo el poder no legal es no jurídico; por ello, puede desplegarse tanto para ampliar como para cuestionar las estrategias políticas normalizadas” (Rose y Valverde 2008: 543). Entonces, la agenda democrática radical delineada por O’Neill (2010) podría darle un papel modesto a la ley. El reciente renacimiento de los ideales de derechos humanos y su incorporación a los sistemas internacionales y nacionales puede ofrecer un vehículo útil para las llamadas que hace la autora al reconocimiento, la redistribución y los derechos, aunque quizá también representen una oposición a la mayor normalización. En el contexto neoliberal, el complejo legal tiende a formar una parte clave de procesos más amplios que constituyen la vida social (en las sociedades normalizadas), en lugar de trabajar para alterarla o cambiarla, y, por desgracia, en muchos intentos de reformas recientes, las feministas se han coludido con esta extensa agenda normalizadora. El equilibrio, como siempre, depende de quién utilice la ley, de cómo lo haga y en qué contexto; si, por ejemplo, los términos trabajadora sexual y explotación se usan para reificar formas excluyentes de identidad y formas esencialistas de ciudadanía, al tiempo que opacan las condiciones materiales (y sustentan el poder normalizador de la ley), o si dichos términos pueden trascender los binarismos y dar paso a una política de la resistencia más amplia.
Conclusión
En este artículo Maternal inheritance buscado argumentar en contra de un rechazo acrítico del papel que desempeña la ley en la regulación y estructuración de las condiciones del trabajo sexual contemporáneo. A pesar de que los hallazgos que aparentemente contradicen las posturas legales producen resultados similares en el terreno, quiero argumentar que esta falta de distinción se debe, en parte, al involucramiento de la ley en formas más amplias de goberna- bilidad que operan para sustentar un contexto neoliberal más extenso. Esto implica que, aunque tiene sentido descentralizar la ley de nuestro análisis, simplemente no podemos ignorarla.
Al defender la existencia de la relevancia de la ley no pretendo reinstaurar una postura positivista, imperialista y acrítica. En vez de eso, defiendo su uso estratégico para “buscar una agenda deconstructivista dentro de las arenas y los discursos legales” (Sandland 1995). Esto exige una comprensión aguda de la ley como modo de regulación, así como una comprensión de cómo podría ser empleada como herramienta de resistencia. Como señala Tadros: